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AutorRespuesta No: 378852
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Fecha de respuesta: Miércoles 29 de Abril de 2015 20:27 2015-04-29 20:27 desde IP: 187.176.101.171
Si usted renuncia voluntariamente, solamente tendría derecho al pago de las vacaciones y prima vacacional delúltimo año cumplido; los años anteriores, su derecho prescribió.
Asimismo, tendría derecho alpago del aguinaldo 2014 y la parte proporcional del 2015.
Igualmente, pero solo mediante demanda que entablara ante las autoridades laborales, podría reclamar el pago de la prima de antigüedad, consistente en 12 días de salario por cada año de servicios prestados, la que se paga con el equivalente a 2 veces el salario mínimo general vigente en el Distito Federal ($140.20 diarios). Respecto de ewsta prestación, habrá infinidad de abogados que le diran que no tiene derecho, ya que a fracción IIImdel artículo 162, de la Ley Federal del Trabajo, establece que laprima de antigüedad solamente se pagara a los trabajadores que hayan renunciado al trabajo y tengan más de 15 años de antigüedad; sin embargo, debo decirle que existen ya criterios sustentados por diversos Tribunales Colegiados que han declarado inconstitucional dicho precepto y fracción, por lo que, itero, solamente mediante demanda podría lograr el pago, ya que se requeriría de un laudo que, en caso quele negara el derecho a ella, podría combatir mediante un amparo directo, invocando la referoda inconstitucionalidad.
Deberá asistirde de abogado especialista en Derecho Laboral.
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