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  • Consulta : 264048
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 378671

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    So usted se niega a reconocer como su hijo al menor, la madre podrá demandarle el reconocimiento de la paternidad, ofreciendo para ello la prueba pericial en genética.

    Demostrado lo anterior, o bien reconociendo voluntariamente al niño, usted queda obligado a darle alimentos, los que son irrenunciables, impreibles y no se encuentran sujetos a transacción o convenio.

    Ental virtud, cualquier documento que usted y la futura madre firmen, carece de todo valor probatorio, ya que conlleva una renuncia a ese derecho del niño, una vez que nazca y sea viable.

    Por otra parte, si usted se niega a darle alimentos, tambiénpodrá demandarselos ante un Juez de lo Familiar y, simultáneamente, presentar en su contra una querella, dado que el incumplimiento de las obligaciones alimentarias, también es un delito que se sanciona con pena de prisión.

    Como podrá advertir, ha aprendido de la peor manera que, en tratándose de relaciones sexuales, debe conducirse con prudencia y cuidado, porque las consecuencias legales que acarrea, son serias.