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AutorRespuesta No: 378518
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Fecha de respuesta: Sábado 25 de Abril de 2015 00:13 2015-04-25 00:13 desde IP: 189.217.14.206
El tener más hijos no es causal para reducir la pensión que aceptó por convenio, y sí es procedente el cobro de los gastos realizados por préstamos al acreedor alimentosta ya que Usted incumplió el convenio. Si no contestó la demanda le condenarán a todo lo reclamado, pero si la contestó, también lo condenarán a todo lo reclamado.
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