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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Abril de 2015 08:58 2015-04-23 08:58 desde IP: 201.102.23.173
Buen día:
No hay por qué preocuparse, ya que su esposo no tiene ninguna obligación con su ex pareja, ni con la menor de 8 años, pues aún no se acredita fehacientemente que la menor sea hija de su esposo, para ello, la madre de la menor tendría que iniciar in juicio de reconocimiento de paternidad y ofrecer la prueba de genética (ADN), de salir positivo, solo entonces adquiere la obligación alimentaria y el juez le fijará a su esposo una cantidad mensual a pagar como pensión, el monto dependerá de los ingresos de su marido, pudiendo ser entre un 15 a un 30%.
En cuanto a los bienes de su esposo, nadie puede obligarlo a repartirlos, ni siquiera la propia autoridad.
Espero que esta información le sea de utilidad.
Quedo a sus órdenes.
Lic. Anguiano
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