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  • Consulta : 263547
  • Autor : Lic. Anguiano
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  • Autor
    Respuesta No: 378376

  • Lic. Anguiano
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes:

    Usted tendría que acudir ante el Ministerio Público a levantar denuncia en contra de su pareja y en contra de sus suegros.

    El Código Penal del Estado de México dice: Artículo.-263 Al padre o la madre que se apodere de su hijo menor de edad o familiares que participen en el apoderamiento, respecto del cual no ejerza la patria potestad o la custodia, privando de este derecho a quien legítimamente lo tenga, o a quién aún sin saber la determinación de un Juez sobre el ejercicio la patria potestad o la custodia, impida al otro progenitor ver y convivir con el menor, se le impondrán de uno a cinco años de prisión y multa de cuarenta a ciento veinticinco días. Este delito se perseguirá por querella.

    Saludos Cordiales.

     

    Lic. Anguiano