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AutorRespuesta No: 378224
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Fecha de respuesta: Martes 21 de Abril de 2015 09:03 2015-04-21 09:03 desde IP: 187.176.101.171
En el convenio que celebraron en eljuicio, debió estipularse la fecha en que la empresa cubriría a su esposo el monto de la liquidacióin, y también debió establecerse una cláusula penal en la que se estableció que, por cada día de retraso en el cumplimiento del pago, se pagaría determinada cantidad adicional.
El abogado debe promover SIN DEMORA, la ejecucióin del convenio, ya que ésta, al ser aprobado y sancionado por la Junta, se elevó a la categoría de laudo ejecutoriado.
Si pasan 2 años sin que lo ejecuten, prescribe.
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