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  • Consulta : 263307
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 378201

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si firmó la renuncia, no podrá ya demandarlos por despido injustificado, salvo que tenga forma de demostrr que lo hizo coaccionado, lo que es prácticamente imposible.

    Consecuentemente, sólo tiene derecho a un finiquito que comprende el pago de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales; adicionalmente es factible reclamar el pago de la prima de antigüedad, dado que existen ya criterios que consideran inconstitucional el artículo 162, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo, que señala que en caso de renuncia, la prima vacacional sólo se paga a los trabajadores que tengasn 15 años de antigüedad o más.

    Acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en donde le asignarán a un abogado de oficio que le brinde asistencia legal.