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AutorRespuesta No: 378095
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Fecha de respuesta: Sábado 18 de Abril de 2015 10:45 2015-04-18 10:45 desde IP: 187.176.101.171
Encaso que el padre biológico de sus hijos los haya reconocido como tales ante el Registro Civil, lo que usted debe hacer, asístida de un abogado especialista en Derecho Familiar, es demandar la pérdida de la patria potestad con motivo del abandono en que los tiene.
Una vez que se dicte sentencia en que se le condene a perder la patria potestad y dicha resolución causa estado, entonces, su esposo podrá iniciar los trámites para la adopción plena.
Si otra persona le dice que es suficiente con que su esposo comparezca ante el Oficial del Registro Civil y los reconozca como hijos de él, tenga cuidado, pues estarán cometiendo un delito que se sanciona con pena de prisión.
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