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  • Consulta : 262810
  • Autor : Lic.Marco Cuevas
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  • Autor
    Respuesta No: 377968

  • Lic.Marco Cuevas
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Pues, lamentablemente para usted, el derecho de los alimentos es recíproco, es decir, tanto es derecho de los menores hijos, el recibir alimentos, y obligación de los padres el brindarlos, como también, al llegar a necesitarlos, es derecho de los padres el recibir alimentos de sus hijos que puedan proporcionarlos.

    Por lo tanto, si su padre le llega a demandar alimentos, probando que los necesita ya que sufre de una condición médica que le imposibilita a trabajar, tendrá usted que proporcionarlos... el hecho de que haya o no haya sido un buen padre, le será indifrente al juez.

    Saludos.