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Fecha de respuesta: Martes 14 de Abril de 2015 16:38 2015-04-14 16:38 desde IP: 187.176.101.171
En primer lugar, debe usted señalar en qué lugar de la República se encuentra, toda vez que en cada Entidad se sigue un procedimiento distinto para el trámite del divorcio, porque en unos Estados es incausado y en otros necesario.
Con independencia de ello, el que uno de los cónyuges mantenga unarelación telefónica o por internet con otra persona que no sea el otro cónyuge, BAJO NINGÚN ASPECTO ES ADULTERIO.
En aquellos Estados en que todavía es causal de divorcio, el adulterio consiste en que una persona SOSTENGA RELACIONES SEXUALES con otra que no sea su cónyuge, y hasta donde la propia naturaleza humana lopermite, no es posible sostener relaciones sexuales telefónicas, y menos a través del internet.
Por otra parte, en el extremo que su cónyuge incurra en adultrerio, ello no es causa para que a usted le concedan la guarda y custodia de sus hijos.
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