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AutorRespuesta No: 377676
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Fecha de respuesta: Sábado 11 de Abril de 2015 16:53 2015-04-11 16:53 desde IP: 187.176.101.171
Debo aclararle, en primer término, que usted sabe mal respecto al hecho que por haber estado una persona privada de la libertad, pierde los derechos de padre.
Si bien es cierto, una sentencia privativa de la libertad, salvo el caso que se trate de la pena que corresponda al delito cometido, acarrea como consecuencia la suspensión de determinados derechos civiles del sentenciado, tambien lo es que, como lo señale, se trata de una SUSPENSIÓN, no de una PÉRDIDA, y concluye con la pena impuesta; además, entre los derechos civiles que se suspenden, no se enuentran los relativos a la patria potestad, sino solamente los de de tutela, curatela, apoderado, defensor, albacea, perito, interventor de quiebra, árbitro y representante de ausentes, además de los políticos.
En el presente caso, usted misma señala que el padre de su hijo no ha sido sentenciado, puesto que reconoce que se le otorgó un beneficio de libertad preparatoria bajo causión, por lo que entonces no se encuentran siquiera suspendos esos derechos de tutela, curatela, apoderado, defensor, albacea, perito, interventor de quiebra, árbitro y representante de ausentes.
Como segundo punto, también he de decirle que el derecho a la identidad, que conlleva el relativo al saber quienes son sus padres y demás ascendientes y llevar sus apellidos, no le pertenece a usted, sino que es inherente al menor, por lo que carece usted de todo derecho para quitarle a su hijo el apellido paterno.
Finalmente, en el caso que el padre de su hijo incumpla con las obligaciones que tiene de dar alimentos y convivir con su hijo, tendrá usted que demandarlo, asistida de un abogado especialista en Derecho Familiar, reclamando la pérdida de la patria potestad ante el abandono en que tiene al menor, y sólo hasta que la sentencia que lo condene a perderla cause Estado, otra persona distinta al padre del niño podría iniciar a su vez los trámites para la adopción plena.
Sin embargo, debo aclararle que, si antes de que se consume dicha adopción, el padre cumple con sus obligaciones para con su hijo y promueve a su vez lo que corresponda ante el Juez que lo condenó a perder la patria potestad, dicha sanción podrá ser revocada, tutelando el interés superior del menor.
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