- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 261372
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 377164
-
Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Abril de 2015 14:48 2015-04-01 14:48 desde IP: 189.217.15.14
El contrato de compravente según su consulta, debe tener una cláusula penal, que es en donde se establece como penalidad la cantidad que la parte que incumpla deberá pagar a la otra en caso de rescisión del contrato sin causa.
-
Autor





