- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 261277
- Autor : Alberto081
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 412
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5558
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 377130
-
Fecha de respuesta: Martes 31 de Marzo de 2015 16:06 2015-03-31 16:06 desde IP: 187.217.173.242
Hola
No puedes cobrar algo que no trabajaste. estiviste enfermo es cierto, es un martirio ir al seguro es verdad.
Pero en caso de incapacidad se debe otorgar exclusivamnete por el seguro, y es el mismo seguro quien te paga las incapacidades que por cierto por enfermedad alica a partir del tercer dia de incapacidad y no es el 100% sino segun lo que se valore.
POr lo que tu patron no esta obliggado a pagar
saludos
-
Autor





