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AutorRespuesta No: 381194
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Fecha de respuesta: Sábado 06 de Junio de 2015 02:50 2015-06-06 02:50 desde IP: 189.217.84.108
Hola consultante, primeramente los servicios que usted contrate con independientes a los estado contractuales que guarde con sus empleados, pues si usted contrata a alguna persona para llevar acabo determinado servicio este no puede excusarse en otras cuestiones para no realizar el trabajo para el que fue contratado, si usted tiene modo de comprobar que pago por ese servicio y desde luego no recibio tal prestación usted podría iniciar una acción penal en contra de esa persona, como le repito la situación contractual o cualquier otra situación que guarde con sus empleados, o administración de su empresa es independiente a la acción a la cual usted tiene derecho de iniciar. asi que no se deje intimidar, Saludos
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