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  • Consulta : 260729
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 376795

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Según su consulta, se entiende que su padre ahora viudo, estaba casado en sociedad conyugal, por lo que efectivamente ya sea en testamento o incluso en donación, sólo puede disponer de la mitad de la casa ya que la otra mitad le corresponde a los herederos de su esposa, es decir los hijos. Su padre puede hacer su testamento dejando como herederos a quien él decida si no hay acreedores alimentarios, pero la otra mitad se debe repartir por partes iguales a los herederos. Lo que puede hacer es comprar la parte que le corresponde a los dos hermanos que están en desacuerdo. Y de paso que su padre demande a limentos a los hijos ingratos.