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AutorRespuesta No: 376792
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Marzo de 2015 21:57 2015-03-25 21:57 desde IP: 189.131.43.138
Efectivamente, el modo en el que te puedes y debes de estar amparado, tanto tu como tus inquilinos, con el fin de que se respeten los derechos y obligaciones de ambas partes, es mediante el contrato de arrendamiento, en el que, mediante las clausulas se dispone y especifíca que se puede y que no se puede hacer con el inmueble arrendado.
Saludos
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