- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 260463
- Autor : EdgarCamacho
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 5
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 376593
-
Fecha de respuesta: Lunes 23 de Marzo de 2015 20:45 2015-03-23 20:45 desde IP: 201.160.27.128
Existe un trámite relativamente sencillo que se puede llevar a cabo en el registro civil, la RECTIFICACIÓN DE ACTA, la cual consiste en corregir este tipo de errores, puedes trámitarlo tu mismo, pide más informes en el registro civil de tu entidad, no es muy complicado así que informate.
Consulta la ley del registro civil de tu entidad así como su reglamento.
Saludos cordiales.
-
Autor





