Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 259838
  • Autor : SENTIDOJURIDICO
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 93
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 376304

  • SENTIDOJURIDICO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Hola buenas tardes efectivamente si renuncias tienes derecho unicamente a tu parte proporcional de aguinaldo que corre de enero a la fecha, tus vacaciones y prima vacacional; de igual manera si tienes prestaciones pendientes como salarios devengados, caja de ahorro, fondo de ahorro u otros; si deseas que te mande un cuantificacion de tus prestaciones mandame un mensaje o wathssappcon tu salario, tu antiguedad al 5522549667, y con gusto te hago la cuenta.