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Fecha de respuesta: Lunes 16 de Marzo de 2015 12:14 2015-03-16 12:14 desde IP: 187.176.101.171
Dado que en la actualidad sus hijos son ya mayores de edad, usted ya no tiene la representación legal y por tanto, no puede promover en representación de ellos ningún procedimiento.
Si sus hijos, por decisión propia, deciden deducir cualquier acción legal en contra de su padre biológico, deberán hacerlo en forma independiente cada uno.
Existe una posibilidad de que, por lo que usted manifiesta, ellos puedan lograr una sentencia en la que se decrete el cambio de apellido, para lo cual, deberán contratar a un abogado especialista en Derecho Familiar, pues exiten ya criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el sentido que sí es posible dicho cambio.
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