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AutorRespuesta No: 376119
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Fecha de respuesta: Lunes 16 de Marzo de 2015 02:20 2015-03-16 02:20 desde IP: 189.217.3.14
Debe Usted demandar el reconocimiento de paternidad mediante la prueba genétiva de ADN y de salir positiva, entonces el Juez ordenará se modifique el acta de nacimiento. Pero además Usted deberá cubrir los alimentos del menor y garantizarlo por un año y hasta de forma retroactiva para lograr las convivencias. Por otra parte no menciona la edad de la mama, ya que se presume menor a los dieciocho años y de ser el caso Usted puede ser querellado por el delito de esturpo.
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