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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Marzo de 2015 19:21 2015-03-13 19:21 desde IP: 189.217.10.206
Si lo sentenciaron al pago de gastos y costas efectivamente debe pagarlos, pero si la contraria no presenta incidente de liquidación no habrá forma de que se los cobren. Lo que sí debe de hacer inmediatamente es recuperar sus documentos y volver a demandar para recuperar su inmuebles, pero esta vez asegúrese de contratar a un abogado de verdad mediante contrato de prestación de servicios profesionales. Por cierto, tenga cuidado de los coyotes, incluso con los de este foro que se la pasan publicando datos de contacto sin que nadie se los pida. Mucho ojo y cuéntase a quién más confianza le tangas.
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