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AutorRespuesta No: 375977
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Marzo de 2015 15:56 2015-03-13 15:56 desde IP: 187.141.24.113
Consultante Aran:
En atención a su consulta y en estricto Derecho, le informo jurídicamente que no es delito contraer nupcias con su Cuñado, en la misma forma, tampoco es nulo dicho acto jurídico si Usted pretende contraer dicho vínculo matrimonial, en virtud de que el Código Civil para el Distrito Federal establece que "es impedimento para contraer matrimonio el parentesco de afinidad en LÍNEA RECTA, sin limitación alguna" (Suegros), sin embargo, al ser su cuñado, Ustedes se encuentran en el supuesto de LÍNEA COLATERAL POR AFINIDAD, por ende, de acuerdo al Código Civil para el Distrito Federal, no es un impedimento para contraer matrimonio entre "Cuñados".
Sin mas por el momento.
A T E N T A M E N T E.
Lic. Mario Delfino Cervantes López.
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