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AutorRespuesta No: 375817
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Fecha de respuesta: Martes 10 de Marzo de 2015 10:20 2015-03-10 10:20 desde IP: 187.176.101.171
Las personas que registren a la niña, como si fuera su hija biológica, incurrirán en un delito contra el estado civil de las personas, tipificado por el artículo 227, del Código Penal del Estado de Sonora (que usted señala como el de su referencia), y sancionado con pena de prisión.
Adicionalmente, dado que de su consulta se infiere la retensión de que la menor vaya a radicar al extranjero, pudieran incurrir en el diverso ilícito de sustracción de menores, que también se sanciona con pena de prisión, dado que la patria potestad, guarda y custodia corresponden e la madre biológica, no al matrimonio que usurpe el estado civil de ésta.
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