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Fecha de respuesta: Lunes 09 de Marzo de 2015 22:10 2015-03-09 22:10 desde IP: 187.176.101.171
Asístase de un abogado especialista en Derecho Familiar; debo decirle que recientemente, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de tesis en relación a las causales de divorcio contenidas en el Código Civil del Estado de Veracruz (lugar que usted señala como el de su referencia), en el sentido que es innecesario que se indique dicha causal al promover la disolución del vínculo matrimonial y probarla, y si bien es cierto, dicha jurisprudencia aun no se publica en el Semanario Judicial de la Federación, por lo que aún no adquiere el carácter de obligatoria, ello sucederá seguramente en el transcurso de los meses de marzo o abril de este año.
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