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  • Consulta : 258704
  • Autor : Ignacio Del Angel
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  • Autor
    Respuesta No: 375722

  • Ignacio Del Angel
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Para que proceda la pensión para el bebé y para usted (si usted no trabaja) es indispensable que, al nacer el bebé, el padre lo registre como suyo y de usted. El monto depende de los ingresos del padre y va del 15 al 30 por ciento por cada uno de ustedes dos.

    Si él no tiene ingresos comprobables, el monto no podrá ser menor a dos mil pesos mensuales.