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AutorRespuesta No: 375563
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Fecha de respuesta: Miércoles 04 de Marzo de 2015 14:27 2015-03-04 14:27 desde IP: 187.141.24.113
Estimada Consultante ADVIKO:
En relación a su consulta, le señalo, efectivamente Usted puede ir a denuncar los hechos ante la agencia del Ministerio Público del Fuero Común más cercana a donde se suscitaron los hechos, por el delito de ALLANAMIENTO DE MORADA, LESIONES Y AMENAZAS, en virtud de que dicho delito AL PERSEGUIRSE POR QUERELLA, PRESCRIBE EN EL TÉRMINO DE 1 AÑO, a partir de que ocurrieron los hechos.
En caso de que su sobrino haya acudido a alguna instancia de salud, Usted deberá llevar el recibo de pago (si fue médico privado) y la receta médica (si fue público) así como la receta médica a efecto de comprobar el gasto realizado para curar físicamente a la víctima y solicitar la reparación del daño.
Sin mas por el momento, quedo a sus órdenes.
A T E N T A M E N T E.
Lic. Mario Delfino Cervantes López.
Contacto: Correo Electrónico: LicenciadoCervantes (arroba) hot mail . com
Teléfono: 044-55-14-94-33-33 (temporalmente fuera de servicio).
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