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  • Consulta : 258363
  • Autor : Lic. Cervantes
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  • Autor
    Respuesta No: 375563

  • Lic. Cervantes
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Estimada Consultante ADVIKO:

              En relación a su consulta, le señalo, efectivamente Usted puede ir a denuncar los hechos ante la agencia del Ministerio Público del Fuero Común más cercana a donde se suscitaron los hechos, por el delito de ALLANAMIENTO DE MORADA, LESIONES Y AMENAZAS, en virtud de que dicho delito AL PERSEGUIRSE POR QUERELLA, PRESCRIBE EN EL TÉRMINO DE 1 AÑO, a partir de que ocurrieron los hechos.

               En caso de que su sobrino haya acudido a alguna instancia de salud, Usted deberá llevar el recibo de pago (si fue médico privado) y la receta médica (si fue público) así como la receta médica a efecto de comprobar el gasto realizado para curar físicamente a la víctima y solicitar la reparación del daño.

             Sin mas por el momento, quedo a sus órdenes.

    A T E N T A M E N T E.

    Lic. Mario Delfino Cervantes López.

    Contacto: Correo Electrónico: LicenciadoCervantes (arroba) hot mail . com

                       Teléfono: 044-55-14-94-33-33 (temporalmente fuera de servicio).