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Fecha de respuesta: Martes 03 de Marzo de 2015 13:36 2015-03-03 13:36 desde IP: 189.217.2.14
La situación no es de querer o no quere, las contribuciones no están a capricho de las partes, Usted está obligado a expedir ya sea recibo de honorarios o factura por los servicios que presta o por los productos que vende, y estos deben cumplir los requisitos fiscales y efectivamente le deben retenr el IVA y el ISR.
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