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  • Consulta : 258187
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 375500

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    La situación no es de querer o no quere, las contribuciones no están a capricho de las partes, Usted está obligado a expedir ya sea recibo de honorarios o factura por los servicios que presta o por los productos que vende, y estos deben cumplir los requisitos fiscales y efectivamente le deben retenr el IVA y el ISR.