Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 257838
  • Autor : TAURINA
  • Consultas en Foro: 5
  • Respuestas en Foro: 125
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5559
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 375324

  • TAURINA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    En este caso, se aplica el principio legal de "Primero en tiempo, primero en derecho", usted adquirió el terreno hace 50 años y los otros hace 7 (según ellos), de tal forma que Usted lo puede comprobar con la sentencia del juicio reivindicatorio, así  como con la ratificación del notario y  no obstante el mismo notario puede ayudarle a hacer las escrituras.

    Chequelo bien con el notario.