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AutorRespuesta No: 375048
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Fecha de respuesta: Viernes 20 de Febrero de 2015 22:26 2015-02-20 22:26 desde IP: 189.217.27.14
Usted ya había hecho esta consulta y se le contestó que no hay abandono de domicilio conyugal ya que éste no existe por vivir en calidad de arrimados en casa de sus suegros, tampoco le pueden quitar la custodia de su hijo y que debe demandar el divorcio incausado y alimentos para el menor. Si no le gustan las respuestas en este foro contrate a un abogado.
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