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AutorRespuesta No: 374874
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Fecha de respuesta: Miércoles 18 de Febrero de 2015 18:53 2015-02-18 18:53 desde IP: 187.213.169.114
Hola, buena tarde!
Permiteme comentarte primeramente que si ya tienes una demanda que la mamá de tu niño haya iniciado y ya te notificaron de la misma, en esta demanda se debio haber establecido un porcentaje denominado PROVISIONAL por concepto de alimentos, esto se determina en caso de que tengas un trabajo estable y por lo tanto compruebes ingresos, en caso que no sea así y no compruebes ingresos la pensión provsional que te menciono se determina en base a salarios mínimos comúnmente es 1 día de salario minimo que corresponda en tu Estado, si ya estas notificado de la demanda que debio iniciar en un Juzgado Familiar deberas contestarla y si es preciso que sepas que no puedes evadir el hecho de tener que ministrarle alimentos a tu menor hijo primeramente porque se encuentra registrado con tus apellidos y segundo porque es menor de edad y necesita alimentos, la cantidad que deberas dar no podrá ser menor al salario minimo. No se comoconcluyes que estas demandado y si seria importante que mencionaras el porque de tu comentario, para saber si se trata ya de una demanda como tal o solo es un sistema mediador el que te requiere el pago de alimentos. Cuidate y que tengas un excelente día. Saludos.
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