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Fecha de respuesta: Martes 17 de Febrero de 2015 11:54 2015-02-17 11:54 desde IP: 189.211.135.22
En primer término, debo decirle que si la suspendieron por 15 días, tal acción del patrón YA CONSTITUYE UN DESPIDO INJUSTIFICADO.
En consecuencia, que DE INMEDIATO se asista de un abogado especialista en Derecho Laboral, dado que es obvio que el patrón no le pagará la indemnización constitucional y demás prestaciones legales que le corresponden.
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