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Fecha de respuesta: Domingo 15 de Febrero de 2015 17:01 2015-02-15 17:01 desde IP: 200.95.139.84
Saludos, consultante.
Lo que Usted necesita es demandarle la pensión alimenticia o llegar a un convenio ante una autoridad facultada para ello. Una vez configurado el derecho podrá exigirle por la vía civil o penal su obligación.
En caso que opte por la demanda, se hará una provisional con un % para ser retenido durante sus percepciones salariales y otro %, que en veces es del 50%, de la liquidación en caso que trate de evitar su obligación de proporcionar alimentos.
Hay en veces que es más favorable demandar o tratar de llegar a un convenio donde aún así sea tal vez no lo justo y necesario, pero con ello puede posteriormente buscar el incremento o descuento vía nomina, cuando se pacte que sea de manera personal.
Saludos.
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