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AutorRespuesta No: 374564
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Fecha de respuesta: Jueves 12 de Febrero de 2015 08:11 2015-02-12 08:11 desde IP: 189.211.135.22
El salario mínimo diario (general o profesional), cuando se pague por períodos semanales o quincenales, debe multiplicarse por 7 o por 15, independientemente del número de días que tenga el mes.
Lo anterior tiene sutento jurídico en los artículos 89, párrafo tercero y 736, de la Ley Federal del Trabajo.
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