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  • Consulta : 256110
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 374558

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted fue despedido en octubre de 2014, su acción para reclamar el pago de la indemnización constitucional se encuentra prescrito, ya que debió presentar su demanda dentro de los 2 meses sigueintes a la fecha del despido.

    En consecuencia, solamente le correspondería el pago de vacaciones y aguinaldo proporcionales, pero por el importe de éstas,difícilmente conseguirá a un abogado particular que le asista, por lo que le recomiendo que, en todo caso, acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en donde podrán apoyarlo con un abogado de oficio.