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  • Consulta : 255341
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
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    (Resumen de Actividades)

    No hay pensión por invalidez parcial. En todo caso sería pensión por invalidez o pensión por incapacidad permanente parcial ocasionada por un riesgo de trabajo. En el primer caso por un dedo cortado no creo que se le hayan otorgado la invalidez. En el segundo caso con una IPP, es probable que le hayan dado una indemnización y no una pensión. Pero si es que alcanzó pensión y no la ha cobrado puede reclamar el retroactivo de un año.