Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 255128
  • Autor : DELGADO Y ASOCIADOS
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 1641
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 88 %
  • : 11 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 373800

  • DELGADO Y ASOCIADOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes, si tu cuando entraste a trabajar se te aseguro con la ley anterior a la del 97, te deben pensionar con esa ley, ya que constitucionalmente se establece que la ley no puede ser aplicada en perjuicio de alguien por otro lado si ya paso un tiempo razonable y no te ha dado respuesta el Imss a tu recurso de inconformidad puedes interponer un amparo administrativo por violaciones al 8o constitucional, cualquier duda o aclaracion me encuentro a tus ordenes en el distrito federal tel 36198407 Monica Delgado