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AutorRespuesta No: 373696
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Fecha de respuesta: Sábado 31 de Enero de 2015 19:57 2015-01-31 19:57 desde IP: 189.211.135.22
Es válido hasta elpunto que, de no pagar el importe por el cual usted se obligó, pueden demandarlo en la vía ejecutiva mercantil, con todas las consecuencias legales que ello conlleva.
En todo caso, al contestar la demanda, una vez que fuera requerido de pago, embargado y emplazado a juicio, podría usted hacer valer esa situación, la que deberá demostrar en el juicio.
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