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  • Consulta : 254830
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  • Autor
    Respuesta No: 373678

  • Maestro en Dx Ar
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Efectivamente la Ley prevee que se debe de laborar 48 horas  a la semana con un día de descanso, si trabaja 4 días de 12 horas en estos casos no hay horas extras, pero si trabaja 60 horas en una semana si se tienen 12 horas extras, por lo que peude pedir la intervención de la PROFEDET o demandar ante la JCA.

    Saludos

    Lic. y M.D. Ariel Reyes