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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Enero de 2015 00:54 2015-01-30 00:54 desde IP: 187.189.246.255
Comparto la opinion de la Lic. Rosa Isela y solo me quedaría manifestarle que para el caso de que el credito solo este a su nombre, efectivamente la propiedad no será objeto de la capitulacion de bienes matrimoniales, por el contrario, si el credito es compartido; es decir, un credito Infonavit Conyugal o un credito combinado (infonavit por parte de uno de los conyuges e hipotecario por el otro), etc, tendrán que llegar a un arreglo respecto de dicho inmueble.
Que tenga buen día.
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