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AutorRespuesta No: 373508
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Enero de 2015 19:59 2015-01-28 19:59 desde IP: 187.141.12.9
Buenas tardes:
Aun cuando no tenga trabajo, usted se encuentra obligado a pagar la pensión alimentencia del menor, no así de la señorita. Es mejor que llegue a un convenio o de otro modo ella puede demandar el pago de la pensión incluso a sus padres o hermanos si usted declara su insolvencia.
Saludos
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