Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 254523
  • Autor : Alberto081
  • Consultas en Foro: 2
  • Respuestas en Foro: 412
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5560
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 373490

  • Alberto081
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola

     

    si renuncias, tienes derecho a las utilidades que en este año son las del 2014 y se e ntregan en mayo o junio dependiendo cuando hicieron la declzranción en la empresa

     

     

    con respecto a que te toca, al renunciar es un finiquito que se compoe de dias laborados pendientes, porcentaje de aguinaldo, porcentaje de prima vacacional, dias pendientes.

     

    eso es todo lo que marca la ley