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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Enero de 2015 16:24 2015-01-26 16:24 desde IP: 189.211.135.22
Debo decirle, en primer lugar, que si usted y su pareja no están casados civilmente, ninguno puede incurrir en actos de infidelidad; en segundo lugar, aun cuando estuvieran casados, el adulterio, ni es causa de divorcio en el Distrito Federal, ni tampoco está sancionado por la ley penal, y finalmente, aun en el supuesto que él pudiera acreditar que usted ha sostenido relaciones con otra pesona (que no se demuestra con la conversaciones de whatssap), ello no afecta el derecho que tiene su hija a redibir de su padre una pensión alimenticia.
Asístase de abogado especialista en Derecho Familiar o acuda a la defensoría de oficio en donde le asignarán uno en forma gratuita, e inicie cuento antes la demanda por el pago de alimentos para la niña.
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