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  • Consulta : 254007
  • Autor : Lic. Anguiano
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    Respuesta No: 373197

  • Lic. Anguiano
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes :

    Lo que están haciendo sus familiares es totalmente ilegal, podría tipificarse como robo, aun cuando su tía  haya fallecido la legislación en México que la propiedad no se extingue con la muerte.

     

    En el caso que amablemente nos compartes, las únicas que tienen interés legal y derechos sucesorios sobre los bienes de la de cujus (la occisa), son su Sra. Madre y su tía, ni ustedes ni los hijos de su tía les asisten el derecho de reclamar la herencia, salvo que su madre y su ti también hubieran fallecido.

     

    Le sugiero que inicie un juicio intestamentario a bienes de la de cujus, hagan un inventario lo más detallado y pormenorizado de los bienes muebles e inmuebles, así como dinero, cuentas bancarias e inversiones que su tía hubiera tenido en vida.

     

    Con esta información, acudan ante el Juez civil y denuncien la sucesión intestamentaria, el acta de defunción de su tía, asi como las  actas de nacimiento de su Sra. mader y de la otra tía para acreditar el entroncamiento sanguíneo que las unía con la occisa.

     

    Es importante señalar que la actitud y conducta de su tía, podría der causal para que ella pierda el derecho a heredar.

     

    Es recomendable buscar el consejo de un abogado.

     

    Espero que esta información le sea de Utilidad.

     

    Saludos Cordiales.

     

    Lic Anguiano