Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 253854
  • Autor : Lic. Anguiano
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 211
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 373086

  • Lic. Anguiano
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes:

    Como dice la Lic. Rosa Isela, es importante conocer la entidad federativa en la que viven ya que la legislación de cada estado es diferente.

    Por otra parte, la liquidación de la sociedad conyugal, generalmente se tramita junto con el divorcio, pero también se puede solicitar de forma independiente, pero esto debe ser de común acuerdo.

    Es importan que estén conscientes que al estar casados bajo el régimen de sociedad conyugal el 50% de los bienes corresponde a su Sra. madre y el otro 50% al esposo, independientemente de quien haya adquirido dichos bienes.

    Le sugiero asesorarse con un abogado de sus confianzas

    Salidos Cordiales.

    Lic. Anguiano