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  • Consulta : 252286
  • Autor : bfyp
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  • bfyp
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Debe acreditar su aceptación de cargo de albacea, así como la titularidad del de cujus sobre el inmueble en el que habita. Una vez reconocidos esos derechos, tendrá acreditado su derecho de posesión.