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  • Consulta : 251699
  • Autor : Lic Benitez
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  • Autor
    Respuesta No: 372361

  • Lic Benitez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    en materia de arrendamiento se rigen por lo que la ley ya tiene establecido en estos pues son de orden publico y no lo que suscriben fuera de la ley de las partes o los contratantes arrendador y arrendatorio de tal suerte que una clausula que contraviene el marco legal es nula de pleno derecho por la cual no la debe tomar en consideracion pero si hacerla valer cuando sea necesario bien al contestar una demanda o extrajudicalmente oponiendose a ella e impugnandola porque es contraria a la ley es este caso debe prevalecer aquella en la cual se dice que en esta se tomara en cuenta el aumento al salario minimo y sobre ella deba hacerla valer... suerte