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Fecha de respuesta: Martes 30 de Diciembre de 2014 12:55 2014-12-30 12:55 desde IP: 201.138.28.204
Mmm, cuando se emplaza al demandado le otorgan 8 dias para contestar APERCIBIDO de que si no lo haciere se le acusara la rebeldia. Asi pasa dicho termino se presenta el escrito de que no contesto y el Acuerdo dice todo eso que se hace efectivo apercibimiento por consiguiente al no contestar y por lo tanto no existir domicilio procesal se ordena notificarlo posteriormente ahi en juzgados en la Lista. Y se abre el periodo de ofrecimiento de pruebas. Ya lo ultimo no se a que se refiera existen varias providencias cautelares por Ej. Si usted sr. X demanda.a la señora z con providencia c. Digamos ARRAIGO para que no se vaya con sus hijos a otro estado. saludos.
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