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Fecha de respuesta: Martes 30 de Diciembre de 2014 21:59 2014-12-30 21:59 desde IP: 201.114.115.238
Hola: La estrategia de uno y otro abogado varia dependiendo de la experiencia....usted apunto efectivamente una violacion de fondo, que tuvo que haber sido conocida mediante el amparo indirecto, sea en esa entidad en contra del auto de formal prision o de vinculacion a proceso,..es un error fatal no atacr esa violacion con ese medio de impugnacion el cual despues es dificil de tomar en cuenta y maxime cuando esta en voga un principio recdtor emitido por la SUPREMA CORTE del control ex officio de la convencionalidad en donde deben reparar violaciones que afecten los derechos pro persona por encima de una ley secundaria...pero eso significaba trabajar y garantizarle al imado una efectiva garantia de adecuada defensa.....habra que revisar si aun esta en termino..pues en base a las reformas de la ley de amparo solo tienen 15 dias habiles... apartir de la notificacion..verifique esa situacion....suerte.
LIC. ESTRADA email. despachoestrada arroba hottmail
cel 55 43442775.... Asesoria en linea por medio de what sapp.
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