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AutorRespuesta No: 371710
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Fecha de respuesta: Viernes 19 de Diciembre de 2014 00:02 2014-12-19 00:02 desde IP: 189.217.23.206
Sólo debe acudir al Registro Civil con su pareja e hijo para reconocerlo, no necesita mas que identificación y pago de derechos. Si la madre se niega entonces deberá demandar el reconocimiento de paternidad con la prueba genética de ADN., y claro está de deberá pagar alimentos.
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