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  • Consulta : 250674
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 371522

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En caso de que en su contrato individual de trabajo se se haya establecido expresamente en alguna de sus cláusulas, la posibilidad de que la empresa pudiera cambiarle su adscripción o lugar en que debe prestar sus servicios, entonces el patrón no puede modificar unilateralmente las condiciones de trabajo para que acuda a prestar sus servicios en otro establecimiento para el que fue contratado.

    Acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de su localidad, llevando consigo copia de su contrato laboral; ahí le darán asistencia legal en caso que la necesite.