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AutorRespuesta No: 371522
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Fecha de respuesta: Martes 16 de Diciembre de 2014 09:01 2014-12-16 09:01 desde IP: 189.211.135.22
En caso de que en su contrato individual de trabajo se se haya establecido expresamente en alguna de sus cláusulas, la posibilidad de que la empresa pudiera cambiarle su adscripción o lugar en que debe prestar sus servicios, entonces el patrón no puede modificar unilateralmente las condiciones de trabajo para que acuda a prestar sus servicios en otro establecimiento para el que fue contratado.
Acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de su localidad, llevando consigo copia de su contrato laboral; ahí le darán asistencia legal en caso que la necesite.
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